Reducen diputados el presupuesto que ejercerá el Congreso para 2021

Reducen diputados el presupuesto que ejercerá el Congreso para 2021

Las diputadas y diputados aprobaron el presupuesto que ejercerá la LXV Legislatura para el ejercicio fiscal 2021, el cual, atendiendo criterios de racionalidad del gasto y austeridad, será de 725 millones 835 mil 959 pesos, lo cual refleja una reducción de 50 millones 280 mil 141 pesos, representando una disminución del 6.47 por ciento en relación al que actualmente se aplica.

Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, al avalar en tiempo su presupuesto, mismo que será remitido al Poder Ejecutivo a fin de que sea incorporado en el Presupuesto General del Estado.

Este jueves, al término de la sesión extraordinaria, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), diputado Juan Javier Gómez Cazarín, expuso que, de manera histórica y a diferencia de administraciones pasadas, las diputadas y diputados, conscientes de la actual situación económica del país, votaron y aprobaron un presupuesto austero, pero suficiente para el mantenimiento y el cumplimiento de las obligaciones de este Poder.

“Se trata de un acto de coherencia con la realidad del país y de solidaridad con un pueblo encarado a una de las peores crisis económicas del siglo”, refirió el legislador, quien agregó que como resultado de esto el Congreso de Veracruz pone en práctica una histórica muestra de austeridad al proponer para sí mismo un Presupuesto 2021 que por primera vez es menor al del año en curso.

Precisó que con la voluntad política han reducido el actual presupuesto de 776 millones 116 mil 100 pesos a 725 millones 835 mil 959 pesos, sumándose así a la demanda nacional de bajar los gastos en el Gobierno, aplicar criterios de ahorro y austeridad, y evitando en todo momento erogaciones no necesarias.

Asimismo, subrayó que esta Legislatura entiende a plenitud que para el sector público, en los tres órdenes de Gobierno y en los tres Poderes, el 2021 deberá ser un año de especial contención del gasto sin que ello implique eludir sus responsabilidades y mandatos.

Dijo que los diversos capítulos que forman este Presupuesto fueron, de manera responsable, disminuidos para atender el clamor social de ocupar los recursos con eficiencia y eficacia.

Detalló que el presupuesto se alinea con los esfuerzos que seguramente harán los otros dos Poderes estatales y que, como Poder Legislativo, en sus primeros dos años de ejercicio, han demostrado que se es capaz de alcanzar el mayor ahorro posible sin renunciar a sus encomiendas y sin la pérdida de la productividad.

Explicó que la distribución del Presupuesto, por capítulo, queda de la siguiente manera: Servicios personales, 456 millones 940 mil 497; materiales y suministros, 14 millones de pesos; servicios generales, 55 millones de pesos y para Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, 199 millones 895 mil 462 pesos.

Por otra parte y como resultado de la disminución de los 50 millones de pesos, descartó la creación de nuevas plazas laborales y la contratación de servicios externos.

Cabe destacar que la aprobación de este Presupuesto fue realizada en sesión extraordinaria con carácter de privada, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 85, fracción V, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Violación es delito también en relaciones de pareja o de hecho

Violación es delito también en relaciones de pareja o de hecho

El delito de violación quedó configurado en las relaciones de pareja o de hecho, con la reforma al Artículo 184 del Código Penal del estado aprobada con 38 votos a favor, cero en contra y siete abstenciones al Dictamen con Proyecto de Decreto suscrito y presentado por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

La iniciativa correspondiente fue presentada, el pasado 10 de septiembre, por el Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México (PRI-PVEM) que destaca que, así como ya se regula esa tutela en los casos de matrimonio y concubinato, ahora se incluya a quienes no están unidos en ese tipo de relaciones.

La comisión dictaminadora coincide con los proponentes en considerar pertinente y necesaria esta modificación para enfatizar, como ya sucede en los casos previstos de violación entre cónyuges o concubinos que, aun cuando existan o hayan existido relaciones afectivas y estables, no debe permitirse la vulneración del derecho a la libertad sexual de ninguna persona ni mucho menos la normalización social de esas conductas, al amparo de que entre el sujeto activo y la víctima haya una relación de pareja.

Además, en la mayoría de las entidades federativas de la República sus leyes punitivas, como ocurre con el Código Penal federal, establecen que el delito de violación puede ser cometido también entre cónyuges o concubinos, sobre la base de que el vínculo entre quienes se encuentren unidos mediante matrimonio o concubinato no justifica atentar contra la libertad sexual y la dignidad personal, como resultaría de practicar a alguien, sin su consentimiento y mediante violencia física o moral, la cópula o alguna conducta equiparable.

Las y los legisladores coincidieron en incluir como víctimas del delito de violación a quienes tengan una relación de pareja o de hecho con el sujeto activo, pues –consideran- en ocasiones existen relaciones de distinta naturaleza. Por lo que, se han establecido diversos criterios garantistas que establecen el carácter discriminatorio de derechos humanos en disposiciones jurídicas que llegan a excluir las relaciones de pareja distintas al matrimonio o concubinato.

Con una disposición como ésta, cualquier persona sabedora del delito puede denunciarlo y la autoridad puede iniciar de oficio las investigaciones al conocer del hecho. Sobre todo porque, en muchos casos, las víctimas no presentan las querellas por diversos factores como haber sufrido amenazas del agente activo, miedo a represalias, ignorancia de su procedencia jurídica, por necesidades económicas o cualquier otra circunstancia que impide, ante la falta de ese requisito de procedibilidad, accionar la potestad punitiva.

Abrogan Ley de División Territorial del Estado de Veracruz

Abrogan Ley de División Territorial del Estado de Veracruz

Las y los diputados de la LXV Legislatura del H. Congreso del Estado avalaron, con 46 votos, la abrogación de la Ley de División Territorial del Estado de Veracruz para la elección del Poder Legislativo del Mismo, toda vez que carece de aplicación en el territorio estatal, al estar sus normas superadas constitucionalmente.

La iniciativa, autoría de las diputadas Erika Ayala Ríos y Andrea de Guadalupe Yunes Yunes, así como de los diputados Jorge Moreno Salinas y Antonio García Reyes, fue presentada el pasado 7 de Julio y turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su estudio.

La dictaminadora coincidió con los diputados iniciantes, que la Ley en comento carece de positividad, toda vez que la determinación del número de distritos electorales locales y su integración ya no es atribución de las entidades federativas sino del Instituto Nacional Electoral (INE), de acuerdo al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2014.

En dicho decreto se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, derivando en la inaplicabilidad para la entidad, de Ley de División Territorial del Estado.

En este sentido, dice el dictamen, con la abrogación de esta Ley, se evitarían confusiones acerca de la conformación de los distritos electorales uninominales, que incluye el establecimiento de las demarcaciones territoriales ya que es una materia en la que no pueden legislar las entidades federativas, detalla.

Con estas disposiciones, finaliza el texto, “se evitarán confusiones acerca de la conformación de los distritos electorales uninominales, por lo que es necesario expulsar del marco jurídico veracruzano un ordenamiento, que aunque vigente, ya no tiene aplicación en la entidad al estar sus normas superadas constitucionalmente.

Padres de adolescentes que choquen serán sus responsables solidarios

Padres de adolescentes que choquen serán sus responsables solidarios

Los padres o tutores de los menores de edad que participen en un accidente de tránsito tendrán responsabilidad legal solidaria de los daños que hayan causado, con independencia de que el vehículo siniestrado pertenezca a otra persona.

Diputadas y diputados integrantes del Pleno del Congreso, en sesión extraordinaria, aprobaron este miércoles una reforma en ese sentido al artículo 148 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial del Estado de Veracruz, propuesta en julio de este año por la diputada Adriana Esther Martínez Sánchez.

La diputada Magaly Armenta Oliveros y el diputado Wenceslao González Martínez, presidenta y secretario, respectivamente, de la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad, postulantes del dictamen a favor, tomaron en cuenta que los menores de edad, entre 16 y 18 años, son susceptibles de recibir permisos de conducir, a pesar de que no han adquirido la ciudadanía.

Hasta ahora la Ley consideraba la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo, pero no era explícita en el caso de los padres o tutores cuando las y los jóvenes estuvieran al volante de un automóvil ajeno.

Con esta reforma se busca “fomentar en la sociedad mejores prácticas educativas viales para fortalecer una convivencia ciudadana a través de los principios de respeto, tolerancia y atención”, consideraron los postulantes.

Este dictamen registró 38 votos a favor, siete abstenciones, sin votos en contra.

Regulan diputados el trámite para la presentación de excitativas

Regulan diputados el trámite para la presentación de excitativas

El Pleno de la LXV Legislatura aprobó el dictamen por el cual se reforma el cuarto párrafo del artículo 66 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz con lo que se reorientará el trámite de las excitativas, plasmando reglas claras y precisas en torno a este procedimiento, con lo cual se evitará dilatar las sesiones de este Poder Legislativo.

La excitativa (exhorto que se realiza a alguna comisión para agilizar la presentación de un dictamen, o en su caso, conocer el motivo del retraso) deberá ser formulada por el autor de la iniciativa y entregada a la Junta de Trabajos Legislativos, por lo menos con 48 horas previas a la celebración de la siguiente sesión.

De acuerdo a la Comisión Permanente de Gobernación, instancia dictaminadora, con la medida citada, al reunirse la Junta de Trabajos Legislativos, se podrá tener conocimiento de la excitativa y se estará en condiciones de proceder al respecto en la sesión conducente. Además que el presidente de la Comisión -a la que esté dirigida- participará con la debida preparación, toda vez que quien coordine el Grupo Legislativo al que pertenezca le dará aviso sobre el particular.

Además, con esta modificación se suprime la intervención del secretario de la Comisión, ya que, en apego a lo enunciado en el artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, quien resulta responsable de los expedientes que les son turnados por el Pleno o la Permanente, es el presidente y no el secretario.

De este modo, la redacción del cuarto párrafo del artículo 66 queda de la siguiente manera: “Si mediare excitativa del Presidente para la presentación de un dictamen, entregada por el autor de la iniciativa a la Junta de Trabajos Legislativos, por lo menos con cuarenta y ocho horas previas a la celebración de la siguiente sesión, el presidente de la comisión explicará al Pleno o a la Permanente las razones de la demora”.

“Si no se cumpliera el requisito del término, el presidente de la comisión, remitirá el escrito de su respuesta al Presidente, dentro de los dos días hábiles siguientes al de la notificación de la excitativa, quien la enviará al interesado y ordenará su publicación en la página de Internet del Congreso”.

Esta reforma, resultado de la iniciativa presentada el 5 de noviembre de 2019 por el diputado Henri Christophe Gómez Sánchez, registró 33 votos a favor, 12 en contra, sin abstenciones.

En el debate de este dictamen participaron los diputados Omar Guillermo Miranda Romero y Judith Pineda Andrade, quienes argumentaron su voto en contra.

Establece Legislatura nuevas obligaciones para Informes Municipales de Gobierno

Establece Legislatura nuevas obligaciones para Informes Municipales de Gobierno

Los Informes de Gobierno que las y los presidentes municipales de Veracruz presenten en el mes de diciembre deberán hacer referencia a los cumplimientos de metas de sus respetivos Planes Municipales de Desarrollo y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030.

Lo anterior, debido a que el Pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves, en sesión extraordinaria, una reforma al artículo 33 de la Ley Orgánica del Municipio Libre que añade nuevas obligaciones de los Ayuntamientos en ese sentido.

Hasta ahora, la Ley sólo mandataba a informar “sobre el estado que guarda la administración pública”, ambigüedad que era aprovechada en algunos casos para presentar informes sin sustento metodológico.

La iniciativa presentada el 10 de septiembre pasado por el diputado Víctor Emmanuel Vargas Barrientos y que fue aprobada sin modificaciones, incluye además la nueva obligación de que el “contenido íntegro (del Informe) deberá publicarse, a más tardar el día siguiente de su presentación, en los medios de difusión con los que cuente el Ayuntamiento”.

La diputada Adriana Paola Linares Capitanachi y el diputado Raymundo Andrade Rivera, presidenta y secretario, respectivamente, de la Comisión Permanente de Gobernación fueron los encargados de dictaminar favorablemente la iniciativa. Ellos contaron con la opinión técnica, también a favor, de la Comisión Especial para el Seguimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que preside la diputada Mónica Robles Barajas.

Toda la actividad municipal debe estar sustentada en su Plan Municipal de Desarrollo, como lo mandata la Ley Estatal de Planeación y las Constituciones federal y local.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, por su parte, es un instrumento de las Naciones Unidas de la que México forma parte y que incluye una serie de compromisos de los Estados en 17 objetivos y 169 metas en materia ambiental, social y económica.

Este dictamen registró 45 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra.